Rosario de Santa Fe/Argentina.– En declaraciones al programa “Acceso a los Derechos”, conducido por Cristian Fdel en canal de YouTube “Somos Rosario”, el prestigioso abogado santafesino Daniel Erbetta descalificó contundentemente el juicio a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner. “Nos permite enseñarles a nuestros alumnos cómo no debe ser un debido proceso penal”, sostuvo.
El Dr. Daniel Erbetta, de origen radical, es ministro de la Corte Suprema de la provincia de Santa Fe y profesor titular de Derecho Penal en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario, de la cual también ha sido Decano. En el programa “Acceso a los Derechos”, conducido por Cristian Fdel y emitido el viernes pasado, fue durísimo con la actual del fiscal Luciani y el tribunal del juicio a CFK. El magistrado consideró que el cuestionado proceso complica demasiado al poder judicial y sostuvo que “quienes integramos el poder judicial, y además tenemos vocación docente, no podemos callar, porque el silencio puede ser cómplice y aquí, independientemente de las constancias que puede haber en una investigación y en un proceso judicial, que yo no las conozco completamente y, por lo tanto, no podría opinar sobre ellas, sí me parece que hay presupuestos sobre los cuales se debe dar una opinión”.
Erbetta criticó duramente que se haya comparado este juicio con el juicio a las juntas militares. “Cuanto menos constituye una falta de respeto, no sólo a la sociedad toda que integramos, sino que constituye una afrenta al propio sistema democrático y al propio expresidente Alfonsín” y agregó que comparar un juicio donde supuestamente se está investigando sobre el precio en obra pública con el tribunal totalmente legitimado que sometió a juicio a los responsables del terrorismo de estado “es vergonzante y no puede ser admitido ni aceptado por ningún integrante de ningún poder del Estado y mucho menos por ningún integrante de ningún partido político democrático, porque es una forma de minar la democracia”. Luego de señalar una actitud misógina de sectores de la justicia, recordando los casos de María Julia Alsogaray y Milagros Salas, el Dr. Erbetta sostuvo que “vivimos en una sociedad donde la mujer siempre paga, y creo que este es otro matiz que no podemos dejar de señalar”. Por otro lado, poniéndose en su posición como profesor de Derecho Penal, el magistrado sostuvo que “esto debe discutirse en las universidades. Porque este es un problema de debido proceso. Dejemos de lado la evaluación de los elementos completos que puede haber, porque yo no intervengo en el juicio. Pero lo que ha dejado traslucir la prensa, lo que ha dejado visualizar la revisión de las distintas audiencias comprometen principios básicos de un Estado de Derecho”.
Por esto consideró que el juicio cuestionado “nos permite enseñarles a nuestros alumnos cómo no debe ser un debido proceso penal”. Y dejando en claro que su crítica “no implica comprometer opinión con el fondo del asunto”, el Dr. Erbetta señaló 5 puntos que estimó descalifican la actuación del fiscal y la permisividad del tribunal al dejar que sucedan, a saber: “El principio de inocencia. Estamos escuchando que el imputado debe probar su inocencia. Si alguien dijera esto en una facultad de derecho obviamente no pasa la materia”. En segundo lugar, el problema de la admisibilidad de la prueba. “La prueba en un juicio oral debe incorporarse oportunamente y ante un tribunal imparcial. Valorar no sólo la validez sino la pertinencia de esa prueba. Yo no puedo traer prueba por la ventana en un alegato. Pero esto es una cuestión de examen, de examen de grado universitario, si usted lo desaprueba. Como docente por supuesto, no sólo lo desapruebo, sino que esta repetición de equívocos o ignorancia del Derecho es tan grande, que le sugiero [al fiscal Luciani] que estudió en otra facultad, arquitectura u otra carrera, pero no me parece que sea la vocación para un alumno del cometa tantos errores. Dejemos de lado que esa prueba, traída por la ventana, no tenga ninguna incidencia en la resolución del caso respecto de la vicepresidenta porque no representan nada, por el contrario, comprometen seriamente a otros funcionarios y a otros empresarios que tienen que ver con otra gestión de gobierno. Pero, dejando de lado esa cuestión, ¿cómo la van a incorporar? ¿Prueba por la ventana y el Tribunal va a permitir eso? En tercer lugar, la imparcialidad del juzgador. “Acá hay jurisprudencia internacional, hay jurisprudencia de la Corte Suprema Nacional, hay principios constitucionales. Todo ciudadano tiene derecho a ser juzgado por un juez independiente e imparcial. Y la doctrina ha desarrollado la teoría de la sospecha del temor de parcialidad. No sólo debo hacerlo, sino que debo aparentarlo.” En relación a la falta de imparcialidad manifiesta, Erbetta señala la existencia de “Jueces que integran un mismo equipo de fútbol, que juegan en una determinada cancha … /… personas vinculadas a la política claramente enfrentadas con los imputados y que, luego de ser cuestionados, aparecen por televisión con un mate, identificando con un escudo del equipo Liverpool, en una clara provocación que merecería la intervención de la justicia federal, o por lo menos la actuación del Tribunal de Ética. Porque cuanto menos constituye una absoluta falta de ética y una falta de respeto la provocación en la que incurrió ese integrante del Tribunal”. En cuarto lugar, el Dr. Daniel Erbetta plantea la cuestión de la oralidad. “Los juicios son orales, no son juicios leídos”, subrayó, “Y hemos asistido a un proceso de juicio leído, no de juicio oral. Vaya a la provincia de Santa fe a ver si algún fiscal o algún defensor está leyendo un guión como se leyó en este juicio.” En quinto lugar: los Derechos del imputado. “¡Negarle al imputado la posibilidad de declarar!”, exclamó el magistrado, quien agregó, haciendo alusión al fiscal Luciani: “Si yo someto a estas 5 preguntas que no implican comprometer mi opinión con el fondo del asunto, sino que implican un examen de Derecho Procesal Penal, le aseguro que ese alumno obviamente va a tener que estudiar mucho para volver a rendir la materia”. Para el ministro de la Corte Suprema santafesina “este proceso, si tiene algún valor es el valor pedagógico, porque es un proceso que nos permitiría a nosotros enseñarle a los alumnos cómo no debe ser un debido proceso penal, cómo no debe actuar un fiscal y cómo no debe actuar un juez.” Luego de haber señalado tantas desprolijidades, faltas e incumplimiento del derecho, Erbetta manifestó su deseo de que el tribunal “corrija esto en la sentencia, porque pueden esforzarse tanto como para que el juicio sea fulminado de nulidad” porque este proceso “no puede sostener ningún tipo de validez, por lo tanto, el valor pedagógico del juicio de Vialidad es muy grande, porque por vía negativa nos permitiría explicarles a los alumnos el problema del debido proceso”. Consultado sobre los motivos que lo llevaron a hacer estas fuertes declaraciones contra el desarrollo del juicio a CFK, Erbetta afirmó que “ningún docente ni magistrado del poder judicial de la República Argentina puede callarse frente a este grotesco. Porque si hoy 9 de cada 10 ciudadanos no creen en la justicia, esta gente está contribuyendo a que prácticamente lleguemos a batir un récord de falta de credibilidad. Y yo, por otra parte, me veo obligado a decirlo, no sólo por mi compromiso docente, sino que, como miembro del poder judicial, lo tengo que decir, porque yo soy distinto. Yo no quiero que me identifiquen con esa gente, no somos todos iguales.” Sostuvo Erbetta que “hay muchísimos jueces y fiscales que trabajan con compromiso, que trabajan apegados a la letra de la Constitución y de la ley y no tienen esos jueces y fiscales que pagar por una situación que no es la primera ni la única. Tenemos en la justicia federal fiscales que están procesados por varios delitos hace años y no pasa nada y siguen”. Luego de invitar a debatir públicamente en la facultad de Derecho de Rosario a quien quiera defender la forma en la que se está conduciendo el juicio de Vialidad, Erbetta señaló que esto que está pasando tiene que ver con la propia historia del poder judicial en nuestro país. Al respecto, recordó que, “en 1930, el dictador Uriburu dictó la Ley Marcial, cerró el Congreso, derrocó al presidente popular Hipólito Yrigoyen y lo encarceló. Lo acusó de traición a la patria, lo acusaron de actos que hoy podrían vincularse a actos de corrupción y hasta de abusos en temas personales. Yrigoyen se murió a los 80 años, enfermo, encerrado y encarcelado. Pero el único poder que Uriburu, el usurpador, no tocó, fue al Poder Judicial. Porque le mandó una nota a la Corte de ese momento, muchos de cuyos integrantes había designado el propio Alvear, diciéndole que, si validaban el golpe de Estado, el poder judicial iba a seguir funcionando de manera intacta y hasta le iban a regalar la posibilidad de que la Corte elija a su presidente, porque hasta ese entonces el presidente de la Corte lo designaba el Presidente de la Nación. ¿Y qué hizo esa corte? Sin caso, en un hecho inédito sin caso judicial, dictó la famosa acordada del ‘30 a partir de la cual se validaron las interrupciones al orden constitucional argentino. ¿Y por qué lo hizo? porque, obviamente, ahí nace la matriz prebendaria y acomodaticia en defensa de privilegios que lamentablemente está en una parte del ADN de los poderes judiciales que nosotros integramos.”. Siguiendo el relato sobre el dictador Uriburu, el magistrado dijo: “No se conformó con eso. Proscribió el radicalismo para que Justo fuera presidente” y agregó: “Si usted sigue con la historia, llega otro gobierno popular, como fue el Gobierno del General Perón. 240 denuncias penales. Tuvo que irse exiliado del país /…/ y fíjese que coincidencia, siempre el delito y la sospecha, la denuncia y la proscripción están del lado de dirigentes políticos que tratan de ampliar ciudadanía, que tratan de ampliar derechos, nunca están del otro lado. Nunca del lado de los que comprometen el patrimonio nacional, de los que reducen el empleo, de los que reducen las posibilidades de bienestar de nuestra gente. Y, bueno, me parece que esta genealogía no hay que perderla /… / porque la historia se repite y pareciera que estamos asistiendo a un nuevo capítulo de un episodio que ya la historia nos ha mostrado en varias oportunidades”. Consultado sobre si una eventual condena a la vicepresidenta implicaría su proscripción, Erbertta dijo que “Sí, no hay duda, si se le impusiera inhabilitación para ejercer cargos públicos”, pero agregó que no va a ser simple e inmediato, “este proceso me parece que va a tener otras instancias, va a perdurar en el tiempo y tal vez a alguien le resulte funcional tener a la vicepresidenta sometida durante años, porque este es otro problema de la justicia federal”, refiriéndose a la lentitud en la resolución de los juicios.
Reportaje completo al Dr. Daniel Erbetta en el programa “Acceso a los Derechos”.
Fuente: ElAgrario.Com